dijous, 17 d’octubre del 2013

Compensacíón días festivos


                A la vista de los abusos cometidos recientemente por la Empresa al no respetar los días festivos del calendario, la Sección Sindical de CCOO considera urgente informar de los siguientes hechos:


            - El calendario laboral oficial de 2013 en nuestro centro de trabajo fue propuesto y aprobado unilateralmente por la Empresa, incluyendo la consideración de “día festivo” para el 11 de octubre.

            - Con posterioridad, y sin dar ninguna explicación, la Empresa programó una sesión de formación para un conjunto de trabajadores con fecha 11 de octubre, es decir, en un día festivo.

            - Más allá de que programar jornadas de formación en días festivos sea un hecho insólito y difícilmente justificable, la compensación que deben recibir por su tiempo los trabajadores convocados en un festivo es de 1 hora x 1,75 horas, es decir, deben ser compensados con horas extras.
              Así quedó aclarado en su momento en el Acta nº 98 de 5 y 14 de enero de 2005 y así ha venido aplicándose desde entonces en todos los casos que le constan a esta Sección Sindical.

            - Una vez realizadas las horas extras del pasado día 11, la Empresa se ha pronunciado al respecto negando el derecho de los afectados a recibir la compensación que les corresponde.


            En CCOO consideramos que en la actuación de la Empresa concurren errores en cadena (programar formación en festivo, convocar sin plantear voluntariedad, infringir acuerdo sobre horas extras…) graves e inaceptables, que deben ser corregidos de inmediato en la medida que todavía es posible (compensar con horas extras y evitar que se repita en el futuro).

            Independientemente de que la Empresa rectifique o no, hemos querido informaros al respecto para que todos/as tengáis claro cuáles son vuestros derechos en estos casos y cuál ha sido el proceder de los responsables en este tema en esta ocasión.